Ciudad de México.
Más allá del debate sobre si la nueva Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE) ampliada facilitará o entorpecerá la llegada de capital foráneo, la iniciativa de reforma a la Ley de Inversión Extranjera que la presidenta Claudia Sheinbaum envió al Senado el 30 de agosto delimita con precisión qué empresas mexicanas deberán prepararse para un proceso de revisión adicional cuando busquen o reciban inversión extranjera mayoritaria.
Los cinco rubros bajo escrutinio
El nuevo artículo 30 Bis que propone la iniciativa señala que el filtro de seguridad nacional aplicará a sociedades mexicanas cuyos activos superen un monto aún por definir y cuya actividad económica corresponda a alguno de estos cinco rubros: infraestructura estratégica física o virtual —energía, transporte, sanidad, comunicaciones, minería, almacenamiento de datos, sistemas digitales, sector aeroespacial, defensa e instalaciones sensibles—; tecnologías críticas y de doble uso —inteligencia artificial, robótica, semiconductores, ciberseguridad, tecnología aeroespacial y de defensa, almacenamiento de energía, computación cuántica, energía nuclear, nanotecnología y biotecnología—; suministro de insumos fundamentales, en particular energía, materias primas y seguridad alimentaria; acceso a información sensible o datos personales; y cualquier otra actividad análoga que la Comisión determine mediante resolución general.
El umbral que falta por definirse
La iniciativa no fija el monto de activos a partir del cual una sociedad quedará sujeta a este escrutinio obligatorio; ese umbral deberá ser establecido por la propia CNIE y publicado en el Diario Oficial de la Federación dentro de los 180 días naturales posteriores a la entrada en vigor del decreto. Mientras ese número no se publique, las empresas de los sectores señalados no tendrán certeza sobre si sus operaciones caerán o no dentro del régimen obligatorio.
Qué pasa si la empresa no alcanza el umbral
La propia iniciativa aclara que, si el valor de los activos de la sociedad mexicana no alcanza el monto que fije la Comisión pero la participación extranjera pretendida supera 49% del capital social, la presentación de la solicitud ante la CNIE será voluntaria, no obligatoria. Esto abre una vía diferenciada para empresas medianas o en etapas tempranas de crecimiento dentro de estos sectores.
El procedimiento que deberán seguir
De acuerdo con la iniciativa, la solicitud de autorización deberá presentarse de manera conjunta por la sociedad mexicana y el inversionista extranjero ante la Secretaría Técnica de la Comisión. El plazo de resolución será de 60 días hábiles, ampliable por otros 30 si el asunto es complejo, con posibilidad de que la Comisión suspenda el plazo hasta por 30 días adicionales si requiere información o documentación extra a las partes. En conjunto, el proceso podría extenderse hasta 120 días hábiles antes de obtener una resolución definitiva.
Las consecuencias de no cumplir
La iniciativa establece multas de hasta 200,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para las sociedades mexicanas que transfieran participación accionaria a un inversionista extranjero sin haber obtenido la resolución favorable de la Comisión, o que incumplan las medidas de mitigación de riesgo que esta les imponga.
Las Claves de ENCLAVE
Impacto directo en los sectores de mayor crecimiento reciente
Para las empresas mexicanas de tecnología, semiconductores, inteligencia artificial y ciberseguridad —justamente algunos de los subsectores que, según cifras recientes del propio INEGI, han mostrado mayor dinamismo dentro de la inversión extranjera directa en manufactura—, esta reforma implica que cualquier ronda de capital extranjero mayoritario que estén negociando deberá contemplar, desde la etapa de estructuración de la operación, un componente adicional de revisión gubernamental que hoy no forma parte estándar del proceso de cierre de una transacción.
Un llamado de atención para fusiones y adquisiciones en curso
Para los despachos legales, fondos de capital privado y equipos de fusiones y adquisiciones que hoy trabajan en operaciones dentro de los sectores señalados —incluida la minería, la infraestructura de datos y el sector energético—, la recomendación práctica que se desprende de este análisis es incorporar en sus cronogramas de cierre la posibilidad de un proceso adicional de hasta 120 días hábiles, así como monitorear de cerca la publicación del umbral de activos que la CNIE deberá emitir en los próximos meses.
PyMEs tecnológicas: la vía voluntaria como ventana de oportunidad
Para las empresas emergentes de base tecnológica —muchas de ellas todavía por debajo de umbrales de activos significativos—, la posibilidad de que la presentación sea voluntaria mientras no superen el monto que fije la Comisión representa, al menos en el diseño de la iniciativa, una vía para seguir recibiendo inversión extranjera de capital de riesgo sin el trámite obligatorio, aunque esa ventaja podría reducirse conforme estas empresas crezcan y se acerquen al umbral no definido.
Visión En-Clave
La iniciativa reconoce que la inversión extranjera «constituye un elemento importante para el desarrollo económico y social del país, que genera empleo, fomenta la innovación y contribuye al bienestar de la población», al tiempo que busca introducir controles específicos en los sectores que el Ejecutivo federal considera vinculados con la seguridad nacional.
Las empresas mexicanas de infraestructura estratégica, tecnologías críticas, insumos fundamentales y datos sensibles tienen, a partir de esta iniciativa, una ventana de varios meses para revisar su estructura accionaria, sus planes de levantamiento de capital extranjero y sus cronogramas de transacciones antes de que el nuevo régimen entre en operación. El riesgo es no anticipar el proceso adicional y encontrarse a mitad de una negociación con un requisito regulatorio nuevo; la oportunidad es usar este periodo de transición para ordenar la documentación y las estructuras corporativas antes de que la CNIE amplíe su capacidad de revisión.





