Torreón, Coahuila
En un giro que ha encendido las alarmas en el sector empresarial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para congelar cuentas bancarias sin necesidad de una orden judicial previa. La decisión, tomada por el Pleno el pasado 6 de abril, representa un cambio de paradigma legal que, según la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) Laguna, debilita directamente el Estado de Derecho y compromete la confianza para invertir en el país.
Un golpe a la presunción de inocencia
La resolución deriva de la Acción de Inconstitucionalidad 58/2022, la cual avala reformas a la Ley de Instituciones de Crédito. Con una mayoría de 6 votos contra 3, el tribunal determinó que basta con que la UIF posea «indicios suficientes» de vínculos con operaciones ilícitas o financiamiento al terrorismo para restringir el acceso a activos.
Para el sector patronal, este esquema invierte la lógica constitucional:
- Vulneración procesal: Se tensiona el principio de presunción de inocencia (Artículo 20 constitucional), ya que la medida actúa como una sanción anticipada antes de acreditarse cualquier responsabilidad.
- Indefensión: Al permitir bloqueos basados únicamente en indicios, se coloca a ciudadanos y empresas en una posición de desventaja crítica para su defensa legal.
- Incertidumbre jurídica: La falta de controles judiciales definidos contraviene el Artículo 14 constitucional y tratados internacionales ratificados por México.
El riesgo sistémico: MiPyMEs y T-MEC
El análisis empresarial advierte que el impacto no es solo legal, sino operativamente devastador para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), que constituyen más del 99% del tejido económico. A diferencia de los grandes conglomerados, estas unidades económicas dependen de su liquidez diaria; un bloqueo, incluso temporal, puede impedir el pago de nóminas y proveedores, comprometiendo su viabilidad inmediata.
En el plano macroeconómico, COPARMEX Laguna señala que esta resolución eleva la percepción de riesgo país, afectando la disposición de capitales nacionales y extranjeros en un momento clave de competencia global y bajo el marco del T-MEC.
La propuesta: Hacia un control de 6 horas
Ante lo que consideran un «vacío legal» dejado por la resolución, la iniciativa privada ha urgido al Poder Legislativo a establecer mecanismos que impidan el uso discrecional de estas facultades. Las propuestas clave incluyen:
- Control judicial exprés: Establecer un plazo máximo de 6 horas para que un juez valide la legalidad del bloqueo; de lo contrario, la medida debe levantarse automáticamente.
- Criterios objetivos: Definir con precisión qué se entiende por «indicios» para evitar ambigüedades.
- Responsabilidad institucional: Crear un régimen de consecuencias para las autoridades cuando se realicen bloqueos infundados.
- Transparencia: Notificación inmediata al titular y publicación periódica de datos sobre el uso de estas facultades.
«La certeza jurídica no es opcional: es la base sobre la que se construye el desarrollo», sentenció el organismo, subrayando que el combate a la ilegalidad debe ser, forzosamente, compatible con la seguridad patrimonial.





